Finiquito y liquidación, conforme a la LFT.

Estima el finiquito o la liquidación de un colaborador con las vacaciones dignas, la prima de antigüedad y las indemnizaciones vigentes en 2026.

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Calculando…

Total a pagar
Concepto Monto

Estimador educativo con los mínimos de ley vigentes en 2026. No sustituye el cálculo de tu contador o abogado laboral: no considera prestaciones superiores a la ley, retenciones de ISR, ni salarios caídos en juicios laborales.

Finiquito vs. liquidación

El finiquito es lo mínimo que se paga siempre al terminar una relación laboral: salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales, y prima vacacional. La liquidación es el finiquito más las indemnizaciones que aplican cuando el despido fue injustificado: tres meses de salario y 20 días por año de servicio.

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  • Vacaciones dignas: 12 días el primer año, +2 días cada año hasta el quinto, luego +2 días cada 5 años.
  • Prima de antigüedad: 12 días de salario por año, topado a 2 veces el salario mínimo general.
  • Despido injustificado: 3 meses de salario + 20 días por año, además del finiquito y la prima de antigüedad.

Sobre el finiquito y la liquidación 2026

El finiquito incluye las prestaciones que siempre se deben pagar al terminar la relación laboral (salarios pendientes, aguinaldo y vacaciones proporcionales, prima vacacional). La liquidación agrega, además, las indemnizaciones que solo aplican cuando el despido fue injustificado: tres meses de salario y 20 días por año de servicio.

Desde la reforma de vacaciones dignas (vigente desde 2023): 12 días en el primer año, 14 en el segundo, 16 en el tercero, 18 en el cuarto, 20 en el quinto, y a partir del sexto año aumentan 2 días cada 5 años de servicio.

Sí. El salario base para calcular la prima de antigüedad no puede exceder de dos veces el salario mínimo general vigente, aunque el trabajador gane más.

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